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 Ley 13.951

16.05.2012 | 13:22 hs.

Comenzó la mediación provincial obligatoria

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El juez Luis Diego Benvenuto Vignola explicó el nuevo sistema de mediación
El juez Luis Diego Benvenuto Vignola explicó el nuevo sistema de mediación

El proceso es prejudicial y está destinado a las causas comerciales y civiles. El plazo máximo de mediación es de 60 días. La norma en detalle

Las causas civiles y comerciales que se iniciaron desde el lunes en todos los departamentos judiciales de la provincia de Buenos Aires serán tratadas por mediadores bonaerenses, al ponerse en marcha el procedimiento de Mediación Prejudicial Obligatoria. Este sistema está regido por la ley número 13.951.

El nuevo sistema de resolución de conflictos, que ya funciona en otras provincias del país, fue puesto en marcha el lunes por el gobernador bonaerense, Daniel Scioli, y establece que el régimen de mediación como método alternativo de resolución de conflictos judiciales en el ámbito de la Provincia. Además, se caracteriza por los principios de neutralidad, imparcialidad, confidencialidad y consentimiento informado.

La norma, en su artículo 2, establece con carácter obligatorio la mediación previo a todo juicio - con algunas exclusiones - con el objetivo de “promover y facilitar la comunicación directa entre las partes que permita la solución del conflicto”.

Hoy en día cuando se tiene algún problema ya no se tiene la posibilidad de iniciar directamente la demanda, sino que se debe transitar por la instancia previa de mediación en causas civiles y comerciales”, señaló el doctor Luis Diego Benvenuto Vignola, vicepresidente del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Departamento Judicial Mar del Plata. “El procedimiento civil y comercial es escrito, las partes no tienen un contacto durante el proceso a menos que el juez llame a una audiencia conciliatoria, que tampoco es obligatoria. Con la mediación, antes de estar en una contienda judicial las partes hablan ante una persona objetiva, imparcial, que un mediador; negocian frente a él, intercambian ideas y ven si pueden componer ellas mismas su solución, sin llegar a la instancia judicial”, continúo. Sin embargo, la ley contempla excepciones para la mediación, como algunas causas penales, cuestiones de familia, amparo, habeas corpus e interdictos, juicios sucesorios y voluntarios, causas que se tramitan en tribunales laborales, entre otras.

De acuerdo con la reglamentación, el plazo para la mediación será de sesenta días corridos a partir de la última notificación al requerido, y una vez vencido ese plazo sin que se hubiera arribado a una solución del conflicto, se labra un acta y queda expedita la vía judicial.

El magistrado, además, explicó que “el mediador es un profesional del derecho que a su vez complementó sus estudio con técnicas apropiadas a los fines de la mediación” y debe ser avalado por el Ministerio de Justicia y Seguridad de la provincia de Buenos Aires para ejercer su función. Una vez aprobado por el Ministerio, los profesionales pasan a conformar un listado de mediadores. “Cuando se presenta un formulario para mediación la Receptoría General de Expedientes “sortea un mediador entre ese listado”, junto con el juzgado que intervendrá.

En cada una de las audiencias, además del mediador, deberán presentarse “las partes con asesoramiento letrado obligatorio personalmente, a no ser que se domicilien a más de 150 kilómetros del lugar donde se le da un poder al abogado”.

En el caso que las partes lleguen a un acuerdo, el juez tendrá que expedirse sobre si aprueba o no ese acuerdo. Generalmente tendrá una aprobación, pero se lo pasa a la instancia judicial para que el juez revise, por ejemplo, si no vulnera el orden público y que se cumplan los requisitos de la ley” explicó Benvenuto Vignola. Además, sostuvo que en caso de aprobación “termina ahí el proceso con una resolución que dice que se aprueba el acuerdo alcanzado en la instancia de mediación obligatoria. Eso viene a reemplazar la sentencia de juez después de haber tramitado un juicio de tres a cinco años”.

La mediación tiene un plazo de sesenta días corridos, “después el juez tiene 10 días para pronunciarse sobre si aprueba el acuerdo”.

Finalmente, el magistrado señaló que la ley de Mediación Obligatoria en la Provincia de Buenos Aires “fue sancionada en 2009 y su decreto reglamentario es de 2010”.

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