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JUDICIALES |

 Crimen de Franco Castro

06.02.2012 | 16:44 hs.

Piden perpetua para Corredera y Rivero

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Corredera Legato, el día de la primera audiencia del juicio que lo condenó. (Foto Diego Izquierdo)
Corredera Legato, el día de la primera audiencia del juicio que lo condenó. (Foto Diego Izquierdo)

La Fiscalía General interpuso el recurso ante el Tribunal de Casación contra las condenas de 24 años de prisión contra Corredera Legatto y 14 años de pena a Juan Manuel Rivero y solicitó que sean de prisión perpetua

En el pedido, que lleva la firma de los fiscales Fabián Fernández Garello y Juan Pablo Lodola, solicitan que el Tribunal de Alzada califique el hecho como "homicidio cometido con alevosía y mediante la utilización de arma de fuego" y les imponga a los imputados la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas del proceso.

Los representantes del Ministerio Público Fiscal entienden que el Tribunal Oral Nº 4 de Mar del Plata no valoró la pretención del fiscal de grado en el debate oral de encuadrar el caso en el artículo 80 inciso segundo del Código Penal, el cual contempla la concurrencia de la alevosía con la que habrían desplegado en el hecho los condenados.

En este sentido, justifican que la conducta de Corredera Legatto y Rivero fue realizada con alevosía en que "la agresión de la que resultara la muerte de Castro López se emprende sin riesgo para los atacantes, toda vez que el grupo de jóvenes se encontraba visiblemente desarmado, a la vez que estos adoptaron frente al ataque una posición netamente pasiva -tanto verbal como gestual".

A su vez sostienen los fiscales, en un tramo de sus más de 70 fojas del recurso, que "sin lugar a dudas" se encuentra acreditada la alevosía ya que, en el caso de Corredera Legatto, "tuvo en miras la particular indefención de Franco -por él creada- para matar" con lo cual el "dolo homicida resulta innegable".

Con relación a Rivero, los representantes del Ministerio Público entienden que su accionar debe ser encuadrado como de dolo directo, y no de dolo eventual tal como resolvió el Tribunal Oral en su sentencia, a la vez que argumentan que "su colaboración fue esencial en la configuración central del hecho" por lo cual tambien le correspondería imputarle la autoría del homicidio.

Al respecto explican en el recurso que "Rivero conocía perfectamente la empresa criminal que le propuso Corredera Legatto" ya que "tomó conocimiento de la portación del arma de fuego" y "no obstante este cuadro" lo trasladó en el vehículo "a gran velocidad y bruscamente, realizando una maniobra de encerramiento, increpando en primer término a la víctima y esperando con el motor en marcha al ejecutor material del hecho".

Asimismo, los fiscales adhierieron al planteo del particular damnificado en el juicio llevado a cabo en diciembre pasado para que -subsidiariamente- el Tribunal de Casación "condene a Corredera Legatto a la pena de 33 años de prisión y a Rivero a la pena de 28 años de prisión, accesorias legales y costas del proceso".

Los hechos

Franco Castro López fue asesinado de un disparo en la madrugada del 14 de marzo de 2010 cuando se dirigía a la Plaza del Agua, acompañado por un grupo amigos, para participar de la fiesta de San Patricio. Al llegar a la esquina de Alvear y Vieytes los interceptó un vehículo conducido por Rivero -un Ford Fiesta gris-, del que descendió Corredera Legatto para increparlos duramente porque entendía que habían manoseado a su novia.

Sorpresivamente el individuo extrajo un arma de fuego amenazando al grupo, e inmediatamente la apoyó en el cuello de Franco que quedó paralizado y sin ningún tipo de contemplación Corredera Legatto le pegó un tiro provocándole la muerte. Los agresores se dieron a la fuga. Inmediatamente la policía se movilizó en procura de individualizaar a los autores, y dos días después detuvo a Corredera Legatto en un allanamiento en su domicilio de Alvear al 4600, a dos cuadras de la casa de la familia Castro López.

Comentarios (1)

pepe  | 
07-02-2012 10:43 hs

deberian darles 200 y 150 años para que sigan purgando la pena en el infierno

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